Tuesday, March 17, 2015

CRONOGRAMA CLASES AÑO 2015

CURSO DERECHO FINANCIERO
DR. ANDRÉS BLANCO - 2015




10/3. Presentación del curso. Actividad financiera del Estado. Disciplinas que estudian la actividad financiera del Estado. Derecho Financiero.


12/3. Derecho Financiero y Tributario. Autonomía.


17/3. Distinción entre precios públicos y tributos.


19/3. Precios Públicos.


24/3 Ingresos monetarios. Tributos.


26/3. Tributos. Impuestos.


7/4. Impuestos.


9/4. Tasas.


14/4. Contribuciones especiales.


16/4. Casos controversiales.


21/4. Casos controversiales.


23/4 Principio de Legalidad. Normas constitucionales relativas a la proposición y sanción de tributos.


28/4. Principio de Tutela Jurisdiccional. Principio de Igualdad


30/4. Principio de Igualdad. Capacidad contributiva.


5/5   No confiscatoriedad.  Ámbito de aplicación del Código Tributario.


7/5. Interpretación e integración de las normas tributarias


12/5. PRIMER PARCIAL REGLAMENTADO.

14/5  Eficacia de las normas tributarias en el tiempo. Irretroactividad


19 a 22 de mayo. PERIODO DE EXÁMENES CON SUSPENSIÓN DE CLASES(¿?)




26/5  Eficacia de las normas tributarias en el espacio. Hecho generador


28/5 Obligación tributaria


2/6. Sujeto activo. Sujetos pasivos: distinción entre contribuyentes y responsables.


4/6. El Estado como sujeto pasivo. Los entes sin personería jurídica como sujetos pasivos.


9/6. Los entes sin personería como sujetos pasivos. Responsables: diferentes tipos de responsabilidad.


11/6. Responsabilidad de los representantes. Responsabilidad de los sucesores de empresas.


16/6 Agentes de retención y de percepción. Responsables creados por la ley No. 17.296 y concordantes.


18/6. Modos de extinción de la obligación tributaria.   Anticipos.


23/6. SEGUNDO PARCIAL REGLAMENTADO .

25/6.  Modos de extinción de la obligación tributaria. Exoneraciones.


30/6  Derecho Tributario Formal. Concepto y características generales. Deberes del contribuyente y facultades de la Administración. Procedimiento administrativo tributario.


1 al 15 de julio VACACIONES DE JULIO.


16/7. Formas de liquidación de los tributos. Determinación


21/7. Determinación. Consultas tributarias.


23/7. Consultas tributarias. Repetición de pago tributaria

28/7. Imposición a las rentas.


30/7. Imposición a las rentas.

4/8. Imposición a las rentas


6/8. Imposición a las rentas.


11/8. Imposición a las rentas.


13/8. Imposición a las rentas.

18/8 Impuesto al Patrimonio.



20/8. IVA


27/8. IVA

1/9 IVA. 


3/9.-  TERCER PARCIAL REGLAMENTADO

8/9 IVA



10/9 IVA.

15/9 
 IMESI. Tributos al Comercio Exterior.



17/9 Contribuciones Especiales de Seguridad Social.




21 al 25 de setiembre. PERIODO DE EXÁMENES CON SUSPENSIÓN DE CLASES??

29/9 Contribuciones Especiales de Seguridad Social.

1/10. Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales.

6/10 Derecho Tributario Internacional: conceptos generales. Criterios para asignar la potestad tributaria entre los Estados. Métodos para evitar la doble imposición internacional.




8/10 Tratados para evitar la doble imposición suscritos por Uruguay. Integración económica.

13/10. Exoneraciones tributarias constitucionales.



15/10. Tributos Departamentales.


20/10. Deuda Pública. Presupuesto

22/10 Derecho Tributario Sancionatorio: concepto. Naturaleza jurídica de los ilícitos tributarios.





27/10.Principios y normas generales del Derecho Tributario Sancionatorio. Mora.



29/10 CUARTO PARCIAL REGLAMENTADO.

3/11.Contravención. Defraudación (infracción y delito). Clausura de establecimientos. 


5/11 Otras infracciones y delitos tributarios.

10/11. Derecho Procesal Tributario: aspectos generales. Medidas cautelares



12/11. Juicio Ejecutivo Tributario.

17/11 Repaso


19/11 PARCIAL FINAL



TEXTOS SOBRE SIGNIFICADO DEL DÉFICIT FISCAL
Cuando el Estado incurre en un déficit, debe endeudarse para pagar la diferencia entre sus gastos y sus ingresos. Cuando incurre en un déficit año tras año, debe endeudarse año tras año. … Los economistas han afirmado tradicionalmente que el endeudamiento del Estado puede justificarse exactamente igual que el de una persona, en función del fin al que se destine el dinero. … Endeudarse para financiar una carretera, una escuela o un proyecto industrial que se utilizarán durante muchos años puede ser bueno. Endeudarse para financiar proyectos que nunca se terminan (o que incluso quizás que no se empiezan jamás) o para financiar sueldos de los funcionarios públicos de este año plantea verdaderos problemas. … Cuando el Estado se endeuda, traslada la carga de la reducción del consumo a las futuras generaciones de dos formas. Como hemos visto, la producción disminuye en el futuro como consecuencia de la reducción de la inversión. Pero además se traslada una parte de la carga del gasto actual a las futuras generaciones”.

Joseph Stiglitz: “La economía del sector público”, Antoni Bosch, Barcelona, 2002, págs. 698-700.



Si el gobierno ‘pide prestado’ a los capitalistas de su país para cubrir sus gastos en armamento, subsidios por desempleo, obras públicas, etc, el resultado es similar al conseguido mediante el excedente del comercio exterior. Al excedente de las exportaciones sobre las importaciones le corresponde aquí la venta de bienes que se precisan para cumplir los propósitos mencionados anteriormente … Las ‘exportaciones internas’ (autor llama así al déficit público adicional) estimulan el auge igual que el excedente del comercio exterior. Las ‘exportaciones internas’ van seguidas de un aumento de la producción y de los beneficios por unidad de producto, que hacen que el subsiguiente aumento de los beneficios agregados sea igual a dichas “exportaciones”.


Michal Kalecki: “Ensayos escogidos sobre dinámica de la economía capitalista”, Fondo de Cultura Económica, México, 1984, págs.. 28-29.